LEY DE REEMPLAZO SALARIAL Y BENEFICIOS MÉDICOS
LEY DE COMPENSACIÓN PARA TRABAJADORES
Un accidente puede ocurrir en cualquier momento. En la mayoría de los casos, el accidente ocurre debido a un accidente relacionado con el trabajo. Según la Oficina de Estadísticas Laborales de 2016, se informaron más de 139,000 lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo entre los empleadores de la industria privada de Nueva York. Bajo el estado de Nueva York y en la mayoría de los estados, se requiere que su empleador compre un seguro para cubrir a sus empleados. El seguro sirve para cubrir una parte de su salario y cubrir sus facturas médicas.
La Compensacion Obrera es una forma de seguro. La mayoria de los patronos tiene que proveer este seguro para los trabajadores que se lesionan o se enferman en su trabajo. Provee cuidado medicico y parte del salario que se pierde por afectarse la capacidad de trabajar. Los patronos pagan alguno al trabajador. Los beneficios son pagados por la compania de seguros o por el propio patrono si es su propio asegurador. Los beneficios son pagados de acuerdo a la ley y la junta de compensacion obrera garantiza que sean provistos correctamente.
La junta de compensacion obrera es una agencia del estado que supervisa como los reclamos de trabajadores manejan los reclamos de trabajadores lesionados. Una reclamacion es pagada si el asegudador acepta que la lesion o enfermedad esta relacionada con el trabajo o si la Junta los ordena. Unn patrono o un asegurador pueden cuestionar una reclamacion. Si eso ocurre, La Junta tratara de resolver la disputa en el termino de 90 dias. Por ejemplo, el asegurador puede creer que el acidente no ocurrio en el trabajo o puede alegar que el seguro no cubria al patrono al momento de la lesion. Otras disputas pueden surgir. Cualquier que sea la razon, la Junta tratara de resolver lo mas pronto posible.